viernes, 19 de noviembre de 2010

INSTANCIAS ADMINISTRATIVAS Y TRIBUNALES VALIDAN ACTUAR DE COLLAHUASI EN NEGOCIACIÓN COLECTIVA


En relación a las denuncias, reclamos y recursos interpuestos por el sindicato de trabajadores en contra de Collahuasi en el marco de la actual negociación colectiva, la empresa desea aclarar que las instancias administrativas y judiciales involucradas han ratificado y validado consistentemente la legalidad del actuar de la compañía en este proceso.

Lo anterior particularmente en lo referido a las alegaciones hechas por el sindicato en contra de la resolución de la Inspección del Trabajo que dictaminó que la Compañía cumple con las condiciones establecidas en el artículo 381 del Código de Trabajo para efectuar reemplazos desde el primer día de huelga, lo que habilita a los trabajadores a reintegrarse de modo individual a sus labores a partir del día 15 de dicha huelga.

Sobre el punto, el Tribunal del Trabajo de Iquique se pronunció en diversas oportunidades, rechazando peticiones del sindicato en contra de Collahuasi. Así, en una primera instancia negó de plano la reclamación hecha por el sindicato en Juicio Monitorio en contra de la resolución de la Inspección del Trabajo. Luego, en una posterior demanda de procedimiento general en contra de la resolución de la Inspección, junto con fijar audiencia preparatoria para el 21 de diciembre, negó la petición del sindicato que pretendía suspender los reemplazos efectuados por la empresa. Además, el Tribunal no dio a lugar a la petición de medida precautoria que pretendía prohibir el reemplazo de los trabajadores en huelga.

En una posterior demanda por práctica desleal interpuesta por el sindicato, a raíz de los reemplazos, el Tribunal fijó audiencia preparatoria para el 24 de diciembre y nuevamente negó la petición de suspender los reemplazos efectuados por la empresa.
No sólo los tribunales de justicia han validado el actuar de Collahuasi, también lo ha hecho la autoridad fiscalizadora. Así, la Inspección del Trabajo de Iquique también ha ratificado la legalidad del actuar de Collahuasi, a propósito de las denuncias por ilegalidad de los reemplazos hechas por el sindicato ante dicha instancia fiscalizadora. En efecto, tras sucesivas fiscalizaciones hechas por la Inspección del Trabajo, la autoridad estableció que no hubo infracción por parte de la Compañía. Sernageomin, en tanto, ha establecido que Collahuasi ha cumplido con lo establecido por el Reglamento de Seguridad Minera.

Por último, cabe destacar que ante la amenaza del sindicato de cobrar una multa, ascendiente a $ 5.000.000, a los trabajadores que decidan ejercer su derecho a reintegrarse de modo individual a sus labores a partir del día 15 de la huelga, Collahuasi interpuso una denuncia por práctica desleal en contra del sindicato, con el fin de resguardar el derecho que la legislación laboral les reconoce a los trabajadores, la que ha sido acogida a tramitación por el tribunal.

No hay comentarios:

Publicar un comentario